El sindicato Confederación Nacional del Trabajo (CNT) de Palencia comunica a la clase trabajadora que ante el temporal y las fuertes nevadas, la ley de Prevención de Riesgos Laborales establece en su artículo 21, que ante un riesgo grave e inminente el/la trabajador/a puede abandonar su puesto de trabajo.
Igualmente no existe obligación de acudir al puesto de trabajo, la ausencia al mismo quedaría justificada, aunque los días no trabajados no serían retribuidos.
En todo caso, recomendamos que en caso de que debas abandonar tu puesto de trabajo, solicites escrito de la Dirección de la empresa en el que aparezca los motivos de la ausencia o grabar con el móvil la conversación con tu superior directo (encargado, jefe de zona, etc…) en la que comunicas que por motivos del temporal te vas a tu casa.
Los trabajadores/as que ni siquiera acudan a su puesto de trabajo, recomendamos que se lo hagan saber a Recursos Humanos o al superior directo a través de correo electrónico, llamadas (grabándolas), mensajería instantánea o cualquier otro medio en la que quede prueba de la situación por la que no acudas al trabajo.
Siempre es bueno tener una prueba fehaciente de los motivos por los que abandonas o no vas a tu curro en estas situaciones.
Si tienes alguna cuestión no dudes en contactar con nuestra Anarcosindical a través de nuestro correo electrónico palencia@cnt.es o cualquiera de las redes sociales
Imagen: Barruelo de Santullán (Palencia)
Legislación:
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos
Laborales. Disponible y con descarga gratuita:
Laborales. Disponible y con descarga gratuita: